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Multa de la Contraloría para el exalcalde Siliézar

El exalcalde de La Antigua Guatemala, César Antonio Siliézar Portillo, recibió una multa de Q40,000 por la Contraloría General de Cuentas (CGC) por extender en 2007 una licencia de operación de forma anómala a favor de la empresa Metrovisión.

El informe de la auditoría financiera y de cumplimiento del 2018 del ente contralor estableció que, en los ingresos no tributarios, otras tasas y licencias varias, de la clase 11, no fue cobrada la licencia de operación otorgada a Jorge Mario Rodríguez, propietario de la empresa Metrovisión.

Exalcalde de La Antigua Guatemala, César Antonio Siliézar.
Exalcalde de La Antigua Guatemala, César Antonio Siliézar. Cortesía de Semanario Antigüeño.

Tampoco cobró la tasa que aplica a las empresas que prestan servicios de televisión por cable e internet a usuarios dentro del municipio, durante el período fiscal 2018.

La CGC estableció que en el 2007 se otorgó esa licencia de operación, así como la colocación de postes fuera del perímetro de conservación y dentro de esa área de forma subterránea. Por esto debió cancelar Q5 por metro lineal en la tesorería municipal, previa orden de pago del Juzgado de Asuntos Municipales.

La CGC asegura que esa licencia de operación contraviene lo autorizado por el Concejo, según Acta Número 40-2000 del 21 de agosto del 2000, la cual estipula el cobro de Q30.71 por metro lineal para la canalización subterránea o el tendido aéreo de cable con señal para televisión vía satélite. Dicha tasa es aplicada a las empresas que presten ese servicio en el municipio, además de un pago anual de Q10 por metro lineal instalado.

Asimismo, concluyó que la licencia otorgada por el jefe edil en el 2007 no fue aprobada por el Concejo y los pagos por esas tasas y licencia no fueron cancelados hasta el 31 de diciembre de 2018.

Zanjeo
El propietario de Metrovisión asegura que no hizo zanjeos en el casco urbano de La Antigua (Archivo).

Legislación

La CGC en su argumento legal citó el artículo 35 del Código Municipal que se refiere a las atribuciones del Concejo. De forma literal dice: “La fijación de rentas de los bienes municipales, sean estos de uso común o no, la de tasas por servicios administrativos y tasas por servicios públicos locales, contribuciones por mejoras o aportes compensatorios de los propietarios o poseedores de inmuebles beneficiados por las obras municipales de desarrollo urbano y rural. En el caso de aprovechamiento privativo de bienes municipales de uso común, la modalidad podrá ser a título de renta, servidumbre de paso o usufructo oneroso”.

También cita el acta 40-2000 del Concejo que incluye el primer año de usufructo de la vía pública y dice que cualquier aspecto no contemplado en el acuerdo será resuelto por el Juzgado de Asuntos Municipales previa consulta al Concejo.

Defensa

El exalcalde César Antonio Siliézar Portillo (2004-2008), argumentó que de acuerdo con el expediente 5280-2013 de la Corte de Constitucionalidad, el acta citada fue declarada inconstitucional lo que significó que no naciera a la vida jurídica porque no se publicó en el Diario de Centroamérica.

El propietario de Metrovisión tiene una opinión similar en relación a las causas de la multa.

“Me están cobrando un arbitrio inconstitucional y les hago ver que están cometiendo un delito y deben cobrarme según la ley de comunicaciones, a través de la unidad de cable, que implica que debo pagar Q2 por cada usuario que tenga conectado a mi red de fibra óptica, aparte de los arbitrios municipales por derecho de zanjeo y colocación de postes en el área urbana más no en el casco”, dijo a Proceso Jorge Rodríguez.

Sin embargo, la CGC confirmó el hallazgo contra del exalcalde a pesar de que la referida acta fue declarada inconstitucional, pero esa prueba confirmó la forma anómala en la se extendió dicha licencia.

“Estoy solicitando desde 2017 que me cobren los arbitrios municipales. Ha sido negligencia de las autoridades municipales no cobrarme. En ningún momento estoy renuente a pagar”.

JORGE RODRÍGUEZ, METROVISION

Anomalía

El informe concluyó que el exalcalde autorizó de forma indebida la licencia de operación y el valor de las instalaciones subterráneas sin haber observado las disposiciones municipales, además, el juez de Asuntos Municipales no gestionó el cobro de lo adeudado por la empresa Metrovisión.

Al no cobrar la licencia y las tasas respectivas desde el 2007 se afectó el erario municipal, por lo debido a esa acción la CGC recomendó al Concejo que ordene a la alcaldesa Susana Asencio, y ella, al Juez de Asuntos Municipales, para que cobre a la empresa Metrovisión lo adeudado desde el 2007 hasta la fecha e impuso una sanción económica de Q40,000 al exalcalde Siliézar Portillo.

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